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En la mayor operación financiera de la historia, la Unión europea ha acordado un paquete crediticio de 500.000 millones de euros, a lo que vendrían a sumarse 250.000 millones de euros como máximo de otros créditos por parte del Fondo Monetario Internacional (F.M.I.), o sea un importe total de 750.000 millones, con objeto de atajar la especulación contra la deuda soberana de algunos de sus Estados miembros al tiempo que frenar la caída del euro. A la vez, el Banco Central Europeo (B.C.E.), de una parte ha acordado comprar deuda pública para inyectar liquidez y estabilizar los mercados de deuda soberana.
El plan de rescate europeo consta de 2 partes. Créditos de la Comisión Europea por hasta 60.000 millones de euros, tomados en los mercados de capitales con la garantía de los recursos propios de la Unión e utilizables inmediatamente a favor de aquellos Estados miembros de la Eurozona con problemas de balanza de pagos. Garantía de cada Estado miembro de la Eurozona, en proporción a su participación en el capital del B.C.E., para aquellos préstamos o créditos bilaterales que, por hasta 440.000 millones de euros, conceda un proyectado Fondo Europeo de Estabilización con cargo a recursos tomados también en los mercados de capitales mediante emisiones de obligaciones.
El mismo día del anuncio de ese plan de rescate, los mercados de títulos experimentaron fuertes subidas al igual que la cotización del euro. Pero el repunte duró poco: veinticuatro horas más tarde, las bolsas y el euro reanudaban su tendencia a la baja.
Entretanto, el mismo plan está dando lugar a interrogantes sobre sus probabilidades de éxito, a pesar de las reiteradas declaraciones de la Comisión Europea y gobiernos de los Estados miembros manifestando respectivamente su intención de coordinar las políticas presupuestarias y económicas así como de sanear las cuentas públicas.
Y es que la problemática de fondo sigue sin abordarse: o porque no se discierne o porque se elude ante la oposición de los intereses creados. Como esa problemática constituye la causa esencial de la actual crisis financiera, parece conveniente exponerla en su cruda realidad. Es decir, hablar claro, para que todos nos percatemos de la dimensión y alcance del tema.
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Lo primero que salta a la vista es la creciente desconexión de los mercados financieros con respecto a la economía real productora, a partir de la década de los 70. Es la llamada financierización, tan clara y sencillamente definida por el fallecido Juan Pablo II como la creación de riqueza sin relación alguna con una cantidad concreta de trabajo o de capital productivo. Ello queda reflejado en que el volumen de transacciones financieras supera con creces al de las propiamente económicas (intercambios de bienes y de servicios).
Hasta entonces, y sobre todo desde los años 30, los mercados venían desempeñando un papel secundario en la financiación de la economía la cual realizaban principalmente los bancos, no solo mediante la concesión directa de créditos y préstamos sino también (en el caso de de los bancos de inversión o de negocios) tomando frecuentemente participaciones en el capital de empresas.
Asimismo, los mercados operaban únicamente sobre activos concretos relacionados directamente con la actividad económica real o con las necesidades financieras de la Administración pública (acciones, obligaciones, bonos u otros títulos, representativos de propiedad o de préstamos, monedas extranjeras, mercaderías, productos agrícolas, materias primas), tanto al contado como a plazo para cubrir los riesgos de variación de los precios o cotizaciones.
Un cúmulo de circunstancias ha contribuido al espectacular crecimiento de los mercados financieros y a la progresiva autonomía de sus actividades con respecto a la economía de producción.
De una parte, tras el cese, en 1973, del sistema de Bretton Woods, la inestabilidad de los tipos de cambio que ha durado, en Europa, hasta el inicio del euro.
De otra parte, a partir de los años 80, una acusada inestabilidad de los tipos de interés en función de la política coyuntural de los Bancos centrales, debido a un fuerte incremento de la deuda pública en casi todos los países industrializados. La deuda pública se fue elevando: primero por un efecto mecánico, ya que un contexto inflacionista motivó políticas monetarias restrictivas originando subidas de los tipos de interés superiores a las tasas de crecimiento económico; y después, ante la desaceleración de la economía durante casi dos decenios, por las medidas de relanzamiento basadas en el desarrollo del gasto público.
En tercer lugar, la adopción por los Estados Unidos, en 1974, y por otros países en los años siguientes, de sistemas de jubilación por capitalización, junto con la llegada masiva de petrodólares tras los choques petrolíferos de 1973 y 1978/1979, han originado una abundante oferta de capitales en busca de inversiones.
En cuarto lugar, la evolución de los mercados, consecutiva en parte a las anteriores circunstancias, llamada de los "tres D": la desregulación, con la supresión de todas las trabas a los movimientos internacionales de capitales; la desintermediación, con la tendencia de las empresas a financiarse directamente en los mercados en lugar de recurrir a los bancos; la descompartimentalización, con la eliminación de las separaciones funcionales (mercados de tipos de interés, de valores bursátiles, de divisas, bancos de depósitos, bancos de inversión), temporales (operatividad de los mercados en tiempo contínuo y real), y geográficas (movilidad de capitales de un país a otro). Ese triple fenómeno ha facilitado la creación de un mercado de capitales integrado a escala mundial.
Por último, no han dejado de influir en esa evolución de los mercados las teorías financieras imperantes entonces, afirmando que el valor del activo económico de la empresa no se halla afectado por el origen de los capitales utilizados, sean propios o tomados en préstamo (teorema de Modigliani Miller), y que el factor clave de las inversiones financieras es la relación rendimiento/volatilidad (Markowitz, Sharpe). De una parte, esas teorías, han reforzado la tendencia de las empresas a financiarse preferentemente con deuda en condiciones que permitan un efecto de apalancamiento máximo, recurriendo a instrumentos adecuados (los contratos derivados). De otra parte, han privilegiado la rentabilidad a corto plazo, lo que ha llevado a un desarrollo de las inversiones de cartera con propósito especulativo, superior al de las inversiones directas con fines industriales y comerciales, así como a inventar mecanismos de traspasos de los riesgos de esas inversiones a otros intervinientes (CDS, titulización).
Es en ese contexto, y con el propósito inicial de mejorar la cobertura de los riesgos generados por la inestabilidad de los tipos de cambio y de interés, como han ido apareciendo en los años 70 nuevas categorías de productos o contratos denominados derivados (contratos a plazo futures, swaps, opciones). Consisten en contratos donde se fija por adelantado el precio al que se comprará (o podrá comprarse) o se venderá (o podrá venderse) una cierta cantidad de un producto financiero o índice llamado activo subyacente, el cual puede ser un título y su valor bursátil, una divisa y su tipo de cambio, un tipo de interés, una materia prima y su valor, un índice, etc.
Lo innovador con respecto a los instrumentos de cobertura entonces existentes es que esos contratos se negocian por sí mismos en mercados propios, habiendo así pasado a ser productos financieros cuyos precios varían según la evolución del valor de los activos subyacentes, o sea que el valor de los contratos deriva del de dichos activos. Por lo tanto, se produce ipso facto una disociación entre las operaciones financieras de negociación de los contratos y las operaciones fundamentadas económicamente (cobertura del riesgo aparejado a una operación comercial), configurándose la misma como el factor clave de la desconexión entre la economía productiva y las actividades financieras y de la autonomía de estas últimas respecto de la primera.
Esa disociación posibilita, pues, operaciones puramente especulativas tanto más cuanto que los contratos derivados, al no requerir –o apenas- inversión inicial de capital (operaciones "en descubierto"), tienen un elevado efecto de apalancamiento que potencia mucho (generalmente, decuplica) la capacidad de tomar riesgo. El efecto de apalancamiento queda reforzado por la circunstancia de que los nuevos instrumentos son negociados en mercados libres, es decir mercados sin Cámara de compensación como contrapartida única y sin ajustes periódicos de margen ni depósitos de garantía obligatorios.
Otra innovación es que algunos de los nuevos instrumentos financieros, los derivados de créditos, permiten el traspaso íntegro de los riesgos por las partes contratantes (efecto "traslado de riesgos").
Los más utilizados son los CDS (Credit Default Swaps), en virtud de los cuales una parte adquiere y otra vende, mediante prima, una "protección" contra la reducción o pérdida de valor de un activo crediticio (obligaciones, bonos, contratos de crédito sobre una entidad privada (empresa) o pública (administraciones, Estado). Como cualquiera puede comprar CDS aunque no detente activos crediticios, ello propicia la especulación. En efecto, apostando por la baja de ciertos de esos activos, un trader los vende a plazo "en descubierto" al tiempo que adquiere CDS sobre ellos, lo que contribuye a la subida de la prima y, por lo tanto, al descenso de las cotizaciones de dichos activos por reducirse la calidad del crédito sobre ellos, obteniendo así una ganancia en la venta a plazo. Esa técnica especulativa es la que se sospecha haber sido utilizada contra los activos integrados por los títulos de la deuda pública griega. Por su parte, los vendedores de CDS pueden cubrirse contra su propio riesgo mediante opciones sobre "spread", o sea comprando a otros vendedores el derecho –que ejercitarán o no- de adquirir CDS sobre esos activos; así, los intervinientes se van pasando el testigo del riesgo mientras haya contrapartidas dispuestas a especular.
En los últimos años, los CDS han sido utilizados por los bancos de inversión para trasladar masivamente sus riesgos de crédito a otras entidades financieras (bancos comerciales, fondos de pensión, compañías de seguros), pasando los propios CDS frecuentemente a ser los soportes de complejas operaciones de titulización (ABS, CDO de CDS).
También otras facetas innovadoras de los nuevos instrumentos financieros acentúan el carácter especulativo de éstos y, por consiguiente, su desvinculación directa de la economía real.
Los soportes de los contratos derivados, o sea los activos subyacentes que dan lugar a estos últimos, pueden no tener existencia a las fechas de las transacciones, al depender la misma de que sobrevengan una evolución o un acontecimiento determinados (variación de índices bursátiles o de precios, acontecimientos climáticos, energéticos, catástrofes naturales, etc.). Asimismo, los contratos derivados pueden concertarse opcionalmente (contratos de opciones, warrants, contratos derivados híbridos con elementos opcionales), al tener una de las partes la posibilidad, al vencimiento, de no cumplir su obligación de compra o de venta de los activos subyacentes.
En definitiva, la combinación de todos los anteriores elementos ha conducido a la intensificación de operaciones financieras con elevados efectos de apalancamiento y de "traspaso de riesgos", lo que ha traído las siguientes consecuencias.
1. Una excesiva exposición al riesgo del conjunto de operadores (entidades financieras, bancos, empresas), desproporcionada con el nivel de sus capitales propios los cuales, si se realiza el riesgo, no pueden desempeñar eficientemente su tradicional papel de "colchón de seguridad", dando lugar entonces a quiebras o a intervenciones públicas de salvamento.
2. Una falta de transparencia del mercado financiero globalizado debido a la diseminación entre los intervinientes, mediante montajes financieros cada vez más sofisticados (titulización, CDO's de CDS's, etc.), de los contratos derivados con máxima potencialidad de traspaso de riesgo, habiendo la crisis actual evidenciado la dificultad de localizar (en qué entidades y, dentro de ellas, en qué carteras) y de cuantificar esos riesgos, de lo que resulta una desconfianza mútua generalizada con las consiguientes crisis de liquidez y de limitación de la oferta crediticia que afectan el desarrollo de la economía.
3. Un elevado grado de dependencia efectiva con los mercados financieros por parte de los Estados, vía sus deudas públicas exteriores, y de las economías nacionales o supranacionales (zona euro), vía las balanzas de pagos, como consecuencia de la libre circulación de capitales, siendo enjuiciada permanentemente la calidad de su crédito por las agencias de notación cuyo "rating" determina prácticamente las condiciones y posibilidades de financiación de Estados y empresas en los mercados tanto interiores como exteriores.
La segunda constatación es el papel determinante del sistema bancario en la iniciación de la crisis financiera que ha conducido a la mayor recesión económica habida desde la Gran Depresión de los años 30. Y ello, por haber dejado de aplicar los principios prudenciales que venían rigiendo su actuación.
Hasta los años 70, la mayoría de los bancos europeos y norteamericanos en general practicaba separadamente las actividades de banca comercial y de banca de inversión o de negocios. Es el modelo llamado "anglo-sajón". Las amargas experiencias sufridas por las bancas francesa, americana y, en menor grado, inglesa, en el siglo XIX y en el primer tercio del siglo XX les habían llevado a la separación de actividades, por vía reglamentaria (Glass-Steagall Act en 1933 en Estados Unidos, leyes de 1941 y 1945 en Francia) o empíricamente (clearing banks o bancos de depósitos, merchant banks o bancos de inversión o de negocios, en Gran Bretaña). En cambio, la banca alemana ha operado siempre como banca universal, o sea realizando a la vez ambos tipos de actividades bancarias. Es el modelo "renano".
La separación de actividades arrancaba de la aplicación del principio básico de la banca: no comprometer la seguridad de los depósitos de clientes.
En efecto, en su inicio a lo largo del siglo XIX y hasta los años 30, los bancos de depósitos actuaron generalmente como bancos mixtos. Además de sus recursos propios y de aquellos procedentes de emisiones de obligaciones o del mercado interbancario, utilizaban los fondos que recibían en depósito de particulares y empresas para financiar, no sólo la actividad comercial de las empresas (descuento de efectos, anticipos) o las necesidades transitorias de tesorería de algunos particulares solventes, sino también los proyectos de desarrollo industrial de las empresas mediante créditos o préstamos a medio/largo plazo, toma de participaciones en dichas empresas y realización de las operaciones financieras de éstas (colocación de emisiones de obligaciones, introducción en bolsa, suscripción de acciones, fusiones-adquisiciones, etc.).
Pero pronto conocieron los bancos lo arriesgado de emplear, en financiaciones o en inversiones liquidables solamente a medio o largo plazo, fondos restituibles en cualquier momento o a corto plazo, cuando se altera la confianza de los clientes depositantes en la solvencia de las entidades al tener éstas dificultades en recuperar sus créditos o inversiones, no bastando en ese caso los recursos propios para hacer frente a las reclamaciones de devolución de los depositantes. Tras varias quiebras y crisis de liquidez de grandes bancos franceses (Crédit Mobilier, Jacques Lafitte, Union Générale entre otros), el fundador del Crédit Lyonnais, Henri Germain, dictó, en 1882, la regla de oro de la liquidez en la profesión: la disponibilidad de los activos de un banco debe corresponder a la exigibilidad de sus deudas.
De ahí se derivaron, en particular: el Glass-Steagall Act norteamericano, que prohibió a los bancos de depósitos la compraventa de títulos y la toma de participaciones así como la propiedad de bancos de negocios/inversión y, a la inversa, prohibió a estos últimos bancos recibir depósitos del público; las leyes francesas de 1941 y 1945, que prohibieron a los bancos de depósitos recibir depósitos de clientes a un plazo superior a 2 años y tomar participaciones en empresas no bancarias superiores al 10 % del capital de éstas y, en cualquier caso, no excediendo el 75 % de los capitales propios de los bancos.
Por su parte, la banca alemana siguió actuando como banca mixta en esa época, aunque con relativamente pocos percances, debido quizás a sus especificidades: sistema de la "banca-industria" plasmado en participaciones cruzadas entre grandes bancos y grandes empresas implicando con fuerza los primeros en el desarrollo a largo plazo de las segundas, escasa actividad especulativa de los bancos, y captación por los bancos de abundantes recursos a plazo con los que financiaban la expansión de las empresas industriales en las que participaban.
A partir de los años 70, el auge de la operativa en los mercados financieros y la globalización fueron acabando con la separación entre actividades de banca de depósitos y de banca de negocios/inversión. En Estados Unidos, el Gramm-Leach-Bliley Act (1999) autorizó los bancos mixtos o universales, facultados para prestar indistintamente servicios como bancos de depósitos, de negocios/inversión y como compañías de seguros, e igual ocurrió en otros países (Francia, 1984). Esa liberalización se proponía contrarrestar los efectos de la desintermediación que venía sufriendo la banca por parte de sus clientes a beneficio de los mercados financieros en plena expansión, a la vez que brindar a los bancos oportunidades operativas susceptibles de alta rentabilidad por su elevado efecto de apalancamiento.
Pero el manejo de los nuevos instrumentos financieros, si bien ha permitido cubrir mejor los riesgos de cambio y de tipos de interés de la clientela, también ha ido llevando los bancos por el camino de la pura especulación. Los bancos han ido creando toda una serie de productos de colocación de tesorería y financieros más o menos complejos que proponen a sus clientes y a los gerentes de patrimonios o que utilizan en su propio departamento de gestión patrimonial. A partir de los años 80, varios bancos han creado sus propios hedge funds (fondos de inversión alternativos , con elevado riesgo y escasa liquídez pero con muy fuerte efecto de apalancamiento, cuya gestión de activos se propone desligar los rendimientos de éstos de la evolución de sus mercados respectivos, atenuando así la variabilidad de esos rendimientos), los cuales suelen actuar de modo totalmente opuesto a los departamentos internos de gestión patrimonial cuya operativa es más conservadora.
Esa concomitancia dentro de un mismo banco de la actividad de gestión de fortuna o patrimonial y de creación de instrumentos de colocación de tesorería ha dado lugar a conflictos de intereses, puesto que el banco puede usar los mandatos de gestión patrimonial de sus clientes para hacer que estos últimos inviertan en sus propios productos de tesorería dentro de los cuales pueden figurar activos arriesgados o "tóxicos". Tal ha sido el caso de Sicavs de tesorería denominadas "dinámicas" cuyos activos incluían CDO's (obligaciones emitidas en representación de activos varios, esencialmente CDS's y otros derivados con elevado riesgo); en tanto que intermediarios, los bancos cobran comisiones de sus clientes por hacerles invertir en productos con altos rendimientos pero también con un alto riesgo que, frecuentemente, dichos clientes desconocen por no disponer de información suficiente.
Otro ejemplo es cuando los bancos cuidan de la introducción en bolsa de títulos, por lo cual cobran honorarios de las entidades emisoras, y colocan dichos títulos entre su clientela en virtud de su mandato de gestión, por lo que perciben de la misma comisiones por ese concepto, atendiendo más su propio interés que el de sus clientes. Muestra de ello fue lo ocurrido con las acciones de Wanadoo, la filial de France Télécom, las cuales, introducidas en bolsa por grandes bancos franceses a un precio excesivamente elevado, fueron colocadas por los bancos a ese precio entre su clientela; algún tiempo después, dejaron de cotizarse en bolsa al haber caído su cotización en más de 50 %, pérdida sufrida íntegramente por la clientela en una operación sumamente rentable para los bancos que no supieron prever tal evolución.
Más grave aún es el laxismo en analizar la naturaleza , cuando no la misma realidad, de los activos integrantes de los fondos en los cuales los bancos invierten por cuenta de sus clientes a tenor de mandatos de gestión generadores de fuertes comisiones. Así, en el caso Madoff, quedó patente que una parte de los capitales canalizados por los bancos directa o indirectamente (a través de otros fondos) hacia el fondo de inversión Madoff, no habían sido invertidos sino que habían servido a pagar a otros inversores la diferencia entre los niveles de rendimiento ofrecidos y los obtenidos realmente de hedge funds.
Pero lo peor es que los bancos vienen realizando actividades de gestión patrimonial por su propia cuenta, es decir especulan, teniendo la posibilidad de recolocar entre sus clientes a tenor de sus mandatos de gestión patrimonial aquellos activos adquiridos por ellos a causa de sus elevados rendimientos y que se han vuelto arriesgados. Para ello, los bancos utilizan instrumentos de titulización como los ABS's (ejemplo del banco suizo UBS). También han recurrido al mecanismo de la titulización para traspasar los riesgos de sus activos a otros bancos, a fondos de pensión y a entidades de inversión.
Hasta las cajas de ahorro, cuyo cometido inicial era la retribución del ahorro de particulares y la concesión de préstamos a estos últimos, han sido facultadas para realizar actividades de banca universal (Gran-Saint Germain Act en Estados Unidos, ley francesa de 1984). Se han lanzado, pues, a especular en los mercados de derivados y en el sector inmobiliario, con resultados generalmente desastrosos (quiebra de casi la mitad de las Saving & Loans americanas en los años 80, importantes pérdidas de las Cajas de ahorro francesas).
Todo lo expuesto anteriormente permite comprender por qué la crisis financiera desatada por la de los subprime carece de antecedentes comparables. Al estallar la burbuja inmobiliaria americana, el valor de los créditos hipotecarios ha sufrido una fuerte depreciación y como dichos créditos habían sido, en su mayor parte, titulizados y difundidos entre fondos de pensión y bancos, la complejidad y la maraña de instrumentos de titulización ha hecho sumamente difícil la estimación del valor de esos instrumentos. Con lo cual, los balances de los bancos receptores de los créditos, vía la titulización, se han visto muy afectados ya que, en cumplimiento de las normas contables de mark-to-market, dichos bancos han tenido que dotar fuertes provisiones por depreciación de activos. Además, como ya se tiene comentado, las características de los instrumentos de titulización dificultan la localización de los riesgos preocupantes, dando lugar a una incertidumbre sobre el nivel de exposición de los bancos a ese respecto.
Ello ha provocado una pérdida de confianza generalizada entre los bancos con su consiguiente reticencia a prestarse fondos sino a tipos de interés elevados, lo que ha ocasionado un agotamiento de sus fuentes de financiación (mercado interbancario, ABCP's ). El resto de acontecimientos es conocido de sobra: inyecciones masivas de liquideces por los Bancos centrales (Fed en Estados Unidos, BCE en la Unión europea) y reducción de su tipo de interés director; multiplicidad de las quiebras de bancos por el derrumbe del valor de sus activos no solo aquellos derivados de los subprime sino también otros derivados debido a la fuerte caída de las Bolsas, e intervenciones de los Estados para garantizar sus deudas con los depositantes así como los préstamos tomados por ellas para refinanciarse o para recapitalizarlas (nacionalizaciones solapadas) o para recomprarles sus activos "tóxicos" o dudosos a través de una entidad estatal de defeasance (Estados Unidos); suspensión por varios bancos de la posibilidad para los partícipes en algunos de sus fondos de inversión de retirarse de los mismos; restricciones informales de los créditos bancarios a la economía ante las dificultades de los bancos en refinanciarse y la persistente incógnita acerca de la calidad liquidativa de sus activos que les incita a la máxima cautela en la concesión de créditos, lo que ha agravado la recesión económica al incidir sobre el consumo de particulares y las inversiones de las empresas.
Así, al cabo de 40 años de actividades exentas de toda regulación, buena parte de la banca en las economías más avanzadas del mundo ha evitado la quiebra únicamente gracias a la intervención del Estado. Ese ha sido el fruto de su frenética dedicación a las "apuestas" financieras ante la perspectiva de elevados, rápidos y fáciles rendimientos o ingresos, relegando a un segundo plano, por menos rentable, la atención a las necesidades de financiación de empresas y particulares cuyos recursos, no obstante, ha arriesgado imprudentemente en operaciones especulativas. Sin las masivas ayudas estatales, un alto número de clientes hubieron visto peligrar la posibilidad de recuperar sus depósitos.
A la fecha de este escrito, la crisis financiera se ha atenuado pero dista de haber terminado. Las intervenciones de los Bancos centrales y, sobre todo, de los Estados han evitado el inminente colapso del sistema financiero, pero permanecen las causas que han llevado a esa situación y a la cual pueden nuevamente conducir.
En efecto, las actividades de mercado siguen carentes de regulación en cuanto a determinados modos de operar (por ejemplo "en descubierto"), a la utilización de ciertos instrumentos derivados (por ejemplo, CDS's), o a la posibilidad, para los bancos receptores de depósitos de su clientela, de seguir operando a la vez tanto por cuenta propia como por la de sus clientes. Por eso, parte de las enormes aportaciones de liquideces por los Estados y los Bancos centrales ha podido ser empleada libremente por los bancos, una vez aparentemente saneados, en nuevas operaciones de índole especulativa.
Además, las ingentes ayudas estatales han generado o incrementado cuantiosos déficits públicos cuya financiación ha disparado la deuda pública. Como el funcionamiento de los mercados financieros sigue idéntico, la especulación se ha centrado sobre los Estados cada vez más dependientes de esos mercados, en base a las calificaciones atribuidas por las agencias de notación a los títulos representativos de la deuda soberana. Y en esa especulación han participado los bancos, como ha evidenciado el caso de Goldman Sachs en la crisis griega.
Así pues, se da la paradoja de unas entidades financieras cuya supervivencia deben a los Estados y que emplean parte de los capitales públicos recibidos -por añadidura a tipos preferenciales- a mantener operaciones especulativas, a veces en perjuicio de esos mismos Estados.
Por consiguiente, las ayudas de los Estados han salvado por un tiempo el sistema financiero pero, al no ir acompañadas de reformas regulatorias de su modo de funcionamiento, no han resuelto la verdadera problemática de la crisis. Y esa problemática, como evidencia todo lo expuesto aquí, estriba en que la banca universal tiene la posibilidad de especular a su antojo con el dinero de los depositantes. Muchos economistas (como Jacques Attali) y responsables políticos (como Barack Obama) vienen siendo conscientes de ello, por lo que recomiendan y plantean el retorno a una normativa que imponga la separación radical entre las actividades normales de banca de depósitos y las actividades en los mercados financieros. Es decir, promulgar un nuevo Glass-Steagall Act.
A fin de cuentas, se trata simplemente de que la banca se desarrolle al servicio de la economía real y no de que la evolución de esta última sea orientada a conveniencia de la primera.
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